Cuando prescribe deuda reclamada judicialmente

Cuando Prescribe una Deuda Reclamada Judicialmente

Cuando nos enfrentamos a una deuda que ha sido reclamada judicialmente, es crucial comprender el concepto de prescripción y sus implicaciones. La prescripción de una deuda indica el plazo legal durante el cual el acreedor tiene el derecho de exigir el pago. En el contexto de una deuda reclamada judicialmente, este periodo comienza a contar desde la fecha en que la obligación pudo ser exigida.

Es importante destacar que el plazo de prescripción varía según la jurisdicción y el tipo de deuda en cuestión. En general, la prescripción de deudas puede oscilar entre 3 y 15 años, dependiendo de factores como el tipo de contrato, la naturaleza de la deuda y las leyes locales.

En el caso específico de deudas que han sido objeto de reclamación judicial, el inicio del plazo de prescripción suele vincularse al momento en que la sentencia judicial se hizo ejecutable. A partir de esa fecha, empieza a transcurrir el tiempo durante el cual el acreedor puede ejercer su derecho de cobro.

Fuente: Ezarolegal

Prescripción de deudas en General

Cuando nos enfrentamos a deudas, comprender los plazos de prescripción es esencial. Veamos algunos aspectos clave de la prescripción en diferentes contextos financieros:

1. Hipotecas: 20 Años de Plazo

El impago de una hipoteca tiene un plazo de prescripción de 20 años según el artículo 1964 del Código Civil. Este periodo comienza desde la última obligación de pago o fecha de la última cuota, no desde la fecha de contratación. Después de 20 años, no es necesario elevar la cancelación e hipoteca a escritura pública.

2. Deudas con Hacienda: 4 Años + 6 Meses

Hacienda dispone de 4 años para reclamar deudas por conceptos como IRPF e IVA, contados desde el vencimiento de la obligación de declarar. Este plazo se extiende hasta 6 meses después del 30 de junio, fecha límite para presentar la Declaración de la Renta. La prescripción se interrumpe con notificaciones fehacientes de Hacienda.

3. Seguridad Social: 4 Años y Sanciones Establecidas

Las deudas con la Seguridad Social prescriben en 4 años según la Ley General de la Seguridad Social. Sanciones e intereses de demora están contemplados en la ley. La prescripción se interrumpe con notificaciones fehacientes de la administración.

4. Suministros del Hogar: 5 Años o 3 Años según el Caso

Deudas por suministros del hogar, como luz o agua, prescriben en 5 años. No obstante, algunas compañías aplican el plazo de 3 años según el artículo 1967 del Código Civil.

5. Alquileres y Arrendamientos: 5 Años

El impago de alquileres, ya sea de viviendas o locales, tiene un plazo de prescripción de 5 años según el artículo 1966 del Código Civil.

6. Deudas con Profesionales: 3 Años

Deudas con abogados, registradores, notarios, farmacéuticos y otros profesionales prescriben en 3 años.

1 comentario en «Cuando Prescribe una Deuda Reclamada Judicialmente»

  1. Muy interesante el artículo, ¡es algo que mucha gente no sabe! El tema de la prescripción de las deudas reclamadas judicialmente puede ser un respiro para aquellos que no saben cómo manejar una deuda que parece no tener fin. Es importante recordar que, aunque la deuda haya prescrito, eso no siempre significa que la situación esté resuelta por completo, ya que algunas entidades siguen intentándolo. Lo mejor es siempre estar bien informado y, si hace falta, buscar asesoramiento legal para asegurarse de que todo se haga correctamente. Hay opciones, y si una deuda ya está fuera de tiempo, puede ser el momento perfecto para ver cómo librarse de ella.

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