Consultar Deudas con la AEAT – Hacienda

Consultar Deuda Hacienda

Ahora es posible Consulta Deuda con Hacienda de forma online. Cuando te enfrentas a la necesidad de conocer y gestionar tus deudas con la Agencia Tributaria Española (AEAT), es imprescindible comprender las opciones disponibles para realizar consultas de manera efectiva. Aquí te presentamos el proceso detallado para consultar tus deudas y las alternativas que puedes considerar:

Pasos a Seguir para consultar la Deuda con AEAT

1. Accede con Certificado Digital, DNI Electrónico o Cl@ve

Para iniciar la consulta de tus deudas, es requisito contar con un Certificado Digital, DNI Electrónico o Cl@ve. Estas herramientas te permitirán acceder a la plataforma con seguridad, garantizando la autenticidad de tu identidad.

2. Introduce el NIF y Selecciona Consultar deuda

Una vez dentro, la aplicación mostrará el NIF correspondiente al titular de la identificación utilizada. Puedes modificarlo si cuentas con la autorización adecuada. La consulta te proporcionará una lista de deudas pendientes y opciones para su gestión, como el pago total, el pago parcial o la elección selectiva.

3. Detalles y Pago de Deudas

Pulsando sobre la clave de liquidación de una deuda, accederás a información detallada. Desde esta vista, podrás proceder al pago pulsando el botón «Pagar» en la parte superior e inferior de la ventana.

4. Elección de Pago Integral o Parcial

Desde la pantalla principal, tendrás las opciones de «Pagar todas mis deudas», «Pagar algunas deudas» y «Pago parcial». La elección dependerá de tu situación específica y circunstancias particulares de cada deuda.

5. Formas de Pago y Confirmación

Al optar por pagar todas las deudas o seleccionar algunas, elige la forma de pago (adeudo en cuenta, tarjeta de crédito/débito o transferencia). Revisa los datos propuestos y, una vez conforme, acepta y continúa con el proceso de pago.

6. Pago Parcial con Importe Específico

En caso de preferir un pago parcial, selecciona esta opción y elige el importe que deseas abonar. Verifica los datos, firma y envía para finalizar el proceso.

7. Confirmación y Número de Referencia Completo (NRC)

Después del pago, recibirás un NRC como confirmación. Este número te servirá como referencia para la operación realizada.

Como Saber las Deudas que tengo con la AEAT

La herramienta «Mis pagos» te ofrece la posibilidad de explorar de manera organizada y por fechas todos los pagos realizados a la Agencia Tributaria Española (AEAT) en tu nombre. Además, te brinda la opción de descargar los justificantes correspondientes para un mejor control de tus transacciones fiscales.

Para acceder a esta funcionalidad, dirígete al apartado «Pagar, aplazar y consultar deudas». Haz clic en «Todas las gestiones» dentro de «Gestiones destacadas» y selecciona la opción «3. Consultar deudas». Ten en cuenta que la consulta de pagos requiere la identificación con Cl@ve o a través de certificado o DNI electrónico, no siendo posible realizarla mediante apoderamiento o colaboración social.

Una vez autenticado, se desplegará una lista detallada de tus últimos pagos realizados, abarcando liquidaciones, autoliquidaciones y tasas. Este registro engloba diversas modalidades de pago, como transferencias, domiciliaciones y aplazamientos. No incluirá operaciones que no se refieran a ingresos directos, como subastas, NRS de Sociedades, avales, S-1, entre otros.

Listado Completo de los Últimos Pagos en la consulta de Deuda

Dentro de esta sección, tendrás acceso a la relación detallada de tus últimos pagos si hubiera pagado la deuda con la AEAT, ofreciendo información relevante asociada a cada transacción. Esto abarca desde datos básicos como el modelo y ejercicio hasta el periodo en el caso de autoliquidaciones, o el número de justificante en liquidaciones. También se proporcionan detalles como la fecha del ingreso, importe, medio de pago utilizado (efectivo, cargo en cuenta, tarjeta, transferencia, etc.), NIF del titular, el NRC asociado (cuando aplica), y la entidad receptora del pago.

Descarga de Justificantes de Pago

Para obtener una copia detallada de tus transacciones, utiliza la opción «Descargar» en la columna «Justificante». Este paso generará un archivo PDF con todos los detalles de la operación. El documento se almacenará en la carpeta de descargas predeterminada del navegador, aunque también podrás elegir una ubicación diferente según tus preferencias. De la misma forma, puede obtener un certificado de deuda con hacienda positivo o negativo.

Fuente: Consulta de Deudas en la AEAT

Como Pagar Deuda con la AEAT – Hacienda

Consultar Deuda Hacienda

Cuando llega el momento de saldar tus deudas con Hacienda, es esencial comprender los pasos y requisitos para realizar este proceso de manera eficiente. A continuación, te proporcionamos una guía detallada para pagar tu deuda con la Agencia Tributaria Española (AEAT).

Requisitos para Pagar, Aplazar o Consultar Deudas con Hacienda

Para poder llevar a cabo cualquier trámite relacionado con tus deudas fiscales. Tienes varias opciones: Pagar, Aplazar la Deuda o Consultar la misma, es imprescindible que el contribuyente cuente con uno de los siguientes medios de identificación: Certificado Digital, DNI Electrónico o registro en el sistema de identificación Cl@ve PIN. Estos garantizan la seguridad y autenticación del usuario para realizar consultas y trámites de manera confiable.

Antes de pagar la deuda, es conveniente obtener un certificado de deuda con la Agencia Estatal Tributaria para saber exactamente cuanto se debe.

Obtención de Cl@ve PIN

Si no dispones de ninguno de estos medios, puedes solicitar la Cl@ve PIN (disponible solo para personas físicas). Tras realizar la solicitud en la sección «Identificación digital» y seleccionar «Cl@ve», recibirás en tu domicilio el documento necesario para registrarte en el sistema.

Verificación de Notificaciones Pendientes

Antes de proceder con cualquier pago, aplazamiento o consulta, es crucial que el contribuyente verifique que no tiene notificaciones pendientes. En caso de tener alguna, es necesario acceder a la misma para considerarla como notificada.

Condiciones para Pago mediante Adeudo en Cuenta

Si optas por el pago mediante adeudo en cuenta, el ordenante del mismo debe ser el titular de la cuenta correspondiente. Esto, a menos que cuentes con un poder notarial para ordenar adeudos en una cuenta del obligado.

Pagar la Deuda con Hacienda con Tarjeta Crédito/Débito

Para el pago con tarjeta crédito/débito, el ordenante del pago debe ser el titular de la tarjeta. Es importante destacar que este servicio requiere que la tarjeta esté emitida por la entidad de crédito seleccionada por el ordenante.

Requisitos para Utilizar el Servicio de Pago

Es indispensable que el contribuyente cuente con fondos depositados en entidades financieras colaboradoras en la recaudación de tributos. Estas entidades deben ofrecer a sus clientes el servicio de cobro a través de internet mediante la pasarela de pagos de la AEAT.

Consulta de Entidades Bancarias Adheridas

Puedes consultar el listado de entidades bancarias adheridas al convenio de colaboración para el pago de liquidaciones. Este listado se encuentra disponible para adeudos en cuenta y pagos con tarjeta, y puedes acceder a él en los enlaces correspondientes.

Al realizar pagos con tarjeta, asegúrate de contar con certificado, DNI electrónico o Cl@ve PIN, y verifica que la tarjeta esté emitida por la entidad de crédito seleccionada.

Opciones en el Pago de la Deuda a la AEAT

Cuando llega el momento de saldar tus deudas con la Agencia Tributaria Española (AEAT), es crucial conocer las opciones disponibles y cómo llevar a cabo este proceso de manera efectiva. Aquí te presentamos las distintas alternativas que puedes considerar:

1. Pago Integral de Deudas

La primera opción te permite saldar todas tus deudas pendientes de una sola vez. Al elegir esta alternativa, tendrás la posibilidad de abonar la totalidad de tus obligaciones financieras en ese momento. En caso de que alguna deuda presente peculiaridades o condiciones especiales, la plataforma te redirigirá a la opción específica para abordarla individualmente.

2. Selección Individual de Deudas

La segunda opción te brinda la flexibilidad de seleccionar de manera individual cuáles de tus deudas pendientes deseas saldar en el momento presente y cuáles prefieres gestionar en otro momento. Este enfoque te otorga el control para priorizar y abordar tus obligaciones de manera personalizada.

3. Pago con Código de Documento (Nº Justificante)

Mediante esta opción, puedes efectuar el pago introduciendo el número de justificante de la carta de pago que has recibido. Este método te permite saldar únicamente la cantidad incluida en el justificante, proporcionándote una forma específica y precisa de gestionar tu deuda de acuerdo con la documentación recibida.

Fuente: AEAT – Hacienda pago de deudas

Como Sacar Certificado Deudas con AEAT

Consultar Deuda Hacienda

En el ámbito tributario, la expedición de certificados es una herramienta fundamental para evaluar la situación de los obligados tributarios. En este contexto, los Certificados de Deudas AEAT juegan un papel crucial para determinar si un contribuyente está al corriente de sus obligaciones tributarias.

Certificado Positivo o que no tiene Deudas

Al indicar certificado positivo podíamos entender que si tiene Deudas. Si embargo Hacienda considera u ncertificado positivo cunado no tiene deudas atrasadas. Cuando el resultado del certificado es positivo, se confirma que el obligado tributario se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias. Este certificado es una prueba valiosa de cumplimiento fiscal.

Certificado Negativo: la AEAT no expide certificado

El certificado puede ser negativo o que no se entrega por parte de Hacienda por diversas razones:

  1. Deudas del Solicitante: Se deniega el certificado si el obligado tributario tiene deudas pendientes.
  2. Falta de Presentación de Declaraciones: La denegación también puede deberse a la falta de presentación de declaraciones tributarias.
  3. Ambas Razones Anteriores: En algunos casos, la denegación ocurre por ambas razones anteriores.

Como Descargar el Modelo de solicitud

La descarga del modelo PDF es parte fundamental del proceso. Sin embargo, es crucial seguir ciertas instrucciones para garantizar su correcta cumplimentación:

  1. Descarga con Cualquier Navegador: Descarga el fichero PDF utilizando cualquier navegador y guárdalo en un directorio local.
  2. Abrir con Adobe Reader: Abre el fichero PDF utilizando la opción «Abrir con» y selecciona el lector de PDF «Adobe Reader».

Datos que contiene el Certificado

Los certificados tributarios contienen información específica y relevante. Algunos de los datos que se certifican son:

  • Nombre y Datos del Obligado Tributario: Incluye nombre, apellidos o razón social, número de identificación fiscal y domicilio fiscal.
  • Circunstancias o Requisitos Certificados: Detalla las circunstancias, obligaciones o requisitos que se certifican.
  • Inexistencia de Información o Improcedencia de Suministrarla: Informa sobre la falta de información en las bases de datos de la Administración tributaria o la improcedencia de suministrar cierta información.
  • Lugar, Fecha y Firma: Indica el lugar, la fecha y lleva la firma del órgano competente para la expedición, junto con el código seguro de verificación.

Limitaciones en la Certificación

Es importante tener en cuenta que no se certificarán datos relativos a obligaciones tributarias cuyo derecho de la Administración para determinar la deuda haya prescrito. Además, no se expedirá el certificado antes de que venza el plazo voluntario para el cumplimiento de obligaciones tributarias.

Fuente: Aeat – Certificados de Deuda

Deudas con Hacienda Pública

Consultar Deuda Hacienda

¿Tiene alguna duda sobre las Deudas con Hacienda? ¿Conoce cuando prescriben las deudas con Hacienda?
En este artículo abordaremos los diferentes aspectos que rodean al ciudadano y las empresas en su relación con los impuestos y con Hacienda o la Agencia Tributaria.

Lo primero a consultar sería :

¿Tengo alguna deuda pendiente por impago de impuestos?

La propia Agencia Tributaria informa que en su página web se puede realizar la consulta de una deuda y para ello dejan instrucciones de como se accede: Entrar a la opción «Consultar deudas» en el apartado «Trámites destacados» de la Sede Electrónica. Para este trámite es necesario disponer de un certificado electrónico (firma digital) .
Entrando en la citada web y disponiendo de certificado digital, se puede informar si tiene alguna deuda pendiente y siguiendo los pasos que le informan en la AEAT, le ofrecen el detalle de toda la deuda e incluso puede emitir una carta de pago para proceder a su liquidación. Todo facilidades que nos pone la AEAT para ponernos al día en las obligaciones de pago de impuestos.
Pero antes de decidirnos a pagar, sería conveniente consultar si la deuda está todavía en tiempo de poder reclamarla, es decir:

¿Cuanto tiempo tiene Hacienda para cobrar una deuda?

Las deudas no son ilimitadas en el tiempo y como en la mayoría de los casos, los impagos con la hacienda Pública tienen un plazo de prescripción a partir de la cual no pueden reclamar el pago.
Por ejemplo, la Declaración de la Renta o Pago del Impuesto de La renta de las Personas Físicas – IRPF – estas rentas caducan o prescriben a los 4 años. Sin embargo es importante tener en cuenta que el plazo de los 4 años caduca a partir del plazo máximo para la presentación de la Declaración de la Renta. Es decir que el plazo se cumpliría el 30 de Junio de cada año.
Un ejemplo de prescripción del pago del IRPF: La renta declarada del año 2.013, caducaría el 30 de Junio de 2.018.
Otro aspecto a tener en cuenta. Si antes del plazo de caducidad, hemos recibido alguna comunicación de la Delegación de Hacienda, se suspenden los plazos legales de prescripción y empieza a contarse un nuevo periodo.

Como se puede saber si tiene deudas con Hacienda

Aunque parezca mentira, muchos ciudadanos tienen esta duda. Si tienen algo pendiente con Hacienda.
En ocasiones se puede haber recibido un embargo de hacienda de pequeña cuantia e incluso sufrir una deducción en la cantidad a devolver por el IRPF y no saber a que es debido. En su mayoría suelen ser multas de las que no hemos recibido notificacióno o ya no recordamos.

La mejor forma de saber si tiene una deuda con Hacienda es acudir a cualquiera de las delegaciones de hacienda con el DNI y preguntar directamente en la ventanilla. No obstante, se puede sospechar que si hay algo pendiente y lo tenian «olvidado» levantemos la liebre y empiecen a indagar. No debe ser este el caso y el funcionario simplemente se limitará a darnos la información que le ofrece el sistema.

Una segunda opción de informarse si tenemos alguna deuda, es consultar a través de la web de la AEAT apartado de consultas en trámites destacados y se accede a su expediente. A tener en cuenta siempre que para poder hacer todo tipo de operaciones y consultas con la Hacienda Publica es necesario disponer del certificado digital y tenerlo instalado en el navegador que utiliza en su ordenador. Todos los navegadores, Chrome, Mozilla, INternet Explorer, etc tienen instrucciones para instalar el certificado digital.

La obtención del certificado digital se puede conseguir visitando la web de la Fabrica Nacional de Monea y Timbre FNMT. Posteriormente hay que visitar fisicamente la oficina de un organismo público (Ayuntamiento, ministerio etc) para confirmar la persona que lo solicita.

Certificado de estar al corriente de pago

Una vez realizada la consulta sobre si tenemos deudas pendientes bien por la vía digital o visitando una delegación de hacienda y si no tenemos deuda, se puede pedir un certificado de estar al corriente de pago de impuestos. Este tipo de certificado es muy frecuente necesitarlo especialmente cuando se hacen trabajos para cualquier organismo público en los que exigen esta cualidad.

Tipos de Deudas por impago de impuestos con hacienda

Los impagos con la Agencia Tributaria pueden ser diversos:

Impuestos Directos

– Impuesto sobre la personas Físicas – IRPF
– Impuesto sobre sucesiones
– Impuesto de la Renta sobre no residentes.
– Impuesto de Sociedades.
– Impuesto sobre el Patrimonio.

Impuestos Indirectos

– Impuesto sobre el Valor añadido – IVA
– Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales
– Impuestos especiales alcohol, tabaco, etc.

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